LEY 1943 DE 2018 LEY DE FINANCIAMIENTO
6 marzo, 2019NDR ASESORÍAS – Líneas de acción.
6 septiembre, 2019
Que es una compensación?
Acción por medio de la cual el contribuyente, responsable o usuario aduanero cancela sus obligaciones actuales por concepto de impuestos, anticipos, retenciones, intereses, y sanciones a través de la utilización de un saldo a favor determinado en una liquidación privada de sus declaraciones tributarias y/o aduaneras, o en una actuación oficial, siguiendo los procedimientos y cumpliendo los requisitos establecidos para tal fin.
Que es una devolución?
Acción por medio de la cual la DIAN reintegra al contribuyente los saldos a favor, pagos en exceso o pagos de lo no debido, determinados en una liquidación privada de las declaraciones tributarias y/o aduaneras, o en una actuación oficial, siguiendo los procedimientos y cumpliendo los requisitos establecidos para tal fin.
Fuente: DIAN–Subdirección de Gestión de Recaudo y Cobranzas – Coordinación de devoluciones y compensaciones.
Quién tiene derecho a solicitar devolución y/o compensación?
1.- Los contribuyentes o responsables que liquiden saldos a favor en sus declaraciones de impuesto sobre la renta
2.- Los contribuyentes o responsables que liquiden saldos a favor en sus declaraciones de IVA, siempre y cuando se trate de:
Responsables de bienes y servicios relacionados en el artículo 481 E.T: Bienes exentos con derecho a devolución trimestral.
Productores de bienes exentos relacionados en el artículo 477 E.T.
Responsables de bienes y servicios relacionados en los artículos 468-1 y 468-3 E.T. y por aquellos que hayan sido objeto de retención.
3. Turistas extranjeros por la compra de bienes que dan derecho a la devolución de IVA
4. Los contribuyentes que haya efectuado pagos en exceso o de lo no debido
5. Diplomáticos, organismos internacionales y misiones diplomáticas y consulares por impuesto a alas ventas e impuesto al consumo.
6. Los constructores de vivienda e interés social e interés social prioritario por el Iva pagado en materiales de construcción
7. Instituciones estatales u oficiales de educación superior por elI VA pagado en adquisición de bienes y servicios requeridos para su funcionamiento.
8. Empresas en proceso concordatario o estén tramitando o ejecutando un acuerdo de reestructuración.
Cuánto tiempo tiene la DIAN para devolver o compensar un saldo a favor?
La DIAN cuenta con cincuenta (50) días para efectuar la devolución y/o compensación, con las siguientes excepciones:
Si la solicitud se realiza dentro de los dos (2) meses siguientes a la presentación de la declaración o su corrección, se adicionan treinta (30) días para la devolución y/o compensación.
Si la solicitud se presenta con garantía bancaria o de compañía de seguros, el término para devolver será de veinte (20) días.
Cómo se efectúa la devolución?
Si el valor a devolver es inferior a 1.000 UVT (2019: $34.270.000), el valor se abona a la cuenta corriente o de ahorros indicada en la certificación bancaria remitida.
Si el valor a devolver supera las 1.000 UVT, la devolución se realiza en TIDIS (Títulos de Devolución de Impuestos)
Que son los Tidis (Títulos de Devolución de Impuestos)?
Son títulos valores emitidos por la Nación a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para que la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN efectúe la devolución de impuestos sobre saldos a favor que los contribuyentes tienen derecho. Este valor corresponde a devoluciones superiores a 1.000 UVT(Valor UVT de cada año), serán desmaterializados y abonados en cuenta a través del Depósito Centralizado de Valores, DECEVALS.A
La vigencia de los TIDIS, es de un año a partir de la fecha de expedición del derecho y el vencimiento es el mismo día y mes del año siguiente; si el día de vencimiento del año calendario es feriado, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente, vencido este término el título carecerá de valor y no hay lugar a devolución, ni reposición. La solicitud debe realizarse en cualquiera de las oficinas de BANCOLOMBIA autorizadas para tal efecto.
Término para solicitar la devolución de saldos a favor:
La solicitud de devolución de impuestos deberá presentarse a más tardar dos (2) años después de la fecha de vencimiento del término para declarar, o desde la fecha de ejecutoria, si se trata de una liquidación oficial.
Radicación Virtual:
Aplica para solicitantes que cuenten con firma electrónica. Se realiza a través del servicio informático electrónico de devoluciones de la DIAN. Se inicia con el diligenciamiento del formato 1010: Solicitud de Devolución junto con la radicación de los soportes requeridos.
Si la solicitud se presenta con garantía, tener en cuenta que dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de registro de la solicitud de devolución, debe allegar el original de la garantía y copia del recibo de pago de la prima ante la Dirección Seccional de la DIAN.
Radicación Manual:
Debe agendarse una cita para la presentación y entrega de la solicitud de devolución junto con todos los soportes requeridos.
Cómo NDR Asesorías lo apoya para obtener la devolución de saldos a favor?
Acompañamiento completo en el proceso, desde al análisis de la declaración objeto de solicitud de devolución o compensación hasta la obtención de la Resolución que otorga el saldo a devolver y/o compensar y posterior trámite de Tidis en caso de ser requerido.
Nuestro acompañamiento cubre los siguientes pasos:
Revisión de la declaración objeto de solicitud de devolución y/o compensación
Revisión de la documentación requerida para iniciar el trámite
Elaboración del Formato 010 – Solicitud de Devolución
Remisión de documentos requeridos: Certificado de Cámara de Comercio, Certificación Bancaria, Retenciones en la Fuente
Presentación de la solicitud
Revisión permanente de la trazabilidad del trámite
Acompañamiento al personal de la compañía encargado por la administración para atender la visita de fiscalización.
Seguimiento al trámite hasta obtener la Resolución de Devolución y/o Compensación
Apoyo en el trámite de negociación de TIDIS, de ser requerido.